Una vez que indicamos que un empleado está afectado por un ERTE, esto afecta al contrato que tiene vigente.
Cuando se indique que un empleado está afectado por un ERTE (ya sea de forma masiva o individual desde la empresa ordenante o empleado) los contratos se cambian automáticamente.
En cualquier caso, cuando insertemos un ERE en un empleado de forma individual, se mostrará un alert preguntando si quiere actualizar los contratos según esta información.
Según tipo de procedimiento
Según el Tipo de procedimiento se modificará el contrato de una forma u otra:
- Extinción, se realizan los siguientes cambios en el contrato activo:
- Fecha de baja: Fecha extinción indicada en el empleado
- Finiquito/Motivo de la baja (SEPE):
- 16 – Despido colectivo o extinción del contrato por ERE.
- Suspensión, se realizan los siguientes cambios en el contrato activo:
- Fecha de baja: Fecha inicio suspensión (-1)
- Finiquito/Motivo de la baja (SEPE):
- 17 – Suspensión del contrato o ERE
- Se crea otro contrato copiando las pestañas: Datos generales, Condiciones especiales y Cifras del mes, excepto:
- Fecha de alta: Fecha inicio suspensión
- Fecha de baja: Fecha fin suspensión
- ¿Es fin de contrato?: No
- Se crea uno último igual que el que estaba vigente excepto:
- Fecha de alta: Fecha fin suspensión (+1)
- Reducción
- Fecha de baja: Fecha inicio suspensión/reducción (-1)
- Finiquito/Motivo de la baja (SEPE):
- 17 – Suspensión del contrato o ERE
- Se crea otro contrato copiando las pestañas: Datos generales, Condiciones especiales y Cifras del mes, excepto:
- Fecha de alta: Fecha inicio reducción
- Fecha de baja: Fecha fin reducción
- Porcentaje de dedicación de la jornada:
- 100 - Porcentaje de reducción
- Se crea uno último igual que el que estaba vigente excepto:
- Fecha de alta: Fecha fin reducción (+ 1)
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Última actualización: 3 de noviembre del 2020, 16:19h
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