Conciliar facturas rectificativas
Aunque ya hemos visto las posibilidades que ofrece el sistema en cuanto a conciliación bancaria; a continuación vamos a ver situaciones más concretas que se nos pueden dar:
En algunos casos tenemos facturas que quedan pendientes de conciliar (pendiente de cobro) cuando se han compensado con una rectificativa. Así, dependiendo de si hay movimientos bancarios o no involucrados podemos encontrarnos los siguientes casos:
Caso 1: Tenemos una factura no cobrada (no hay movimiento bancario) con una rectificativa asociada. Se accede al recibo/s de cada factura y se marca como conciliado manualmente = si (hacerlo en las dos, factura y rectificativa)
Caso 2: Hay un movimiento de cobro y devolución asociado. Se concilia la factura de ingreso con el movimiento de ingreso y la rectificativa con el de la devolución
Caso 3: Hay un cobro parcial (con movimiento de ingreso parcial) y una rectificativa (sin movimiento de gasto) por la diferencia. En la factura hay que tener dos recibos 1 con el cobro realizado que se conciliará con el movimiento y otro con el restante, que pondremos como conciliado manualmente ya que no ha habido ingreso. La rectificativa por la cantidad parcial rectificada se deberá marcar como conciliado manualmente.